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Cuando alguien contrata un seguro de vida, lo hace pensando en la tranquilidad de su familia y seres queridos luego de su partida. Sin embargo, es importante conocer las diferentes coberturas de los seguros de vida, para tomarlas en cuenta al momento de acceder a la firma de tu póliza.
Como su nombre lo indica, básicamente la cobertura principal de un seguro de vida es el fallecimiento del asegurado. Pero, además de esto, también existen coberturas para riesgos adicionales, como, por ejemplo:
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Se trata de la cobertura más importante de un seguro de vida riesgo, y es que, sin una indemnización por fallecimiento, no podría haber un seguro de vida. Claro está, la persona asegurada no puede coincidir con las personas señaladas como beneficiarios de este seguro.
Las compañías aseguradoras pueden ofrecer varios servicios dentro de esta cobertura, que pueden variar de una compañía a otra:
Se trata de un servicio propio de los seguros de decesos, sin embargo, algunas compañías aseguradoras lo ofrecen en sus seguros de vida riesgo, y las que lo ofrecen, no lo incluyen por completo, por ejemplo, solo se hacen cargo de un 15% de los gastos totales.
Se refiere a la cantidad que los beneficiarios recibirán luego de la muerte de la persona asegurada, esta se revaloriza con el tiempo.
En este tipo de cobertura, resulta interesante que el seguro contempla el doble (o el triple) del capital asegurado en el caso en que el fallecimiento se produzca en algún tipo de accidentes o accidentes de circulación. De esta forma, el fallecimiento siempre estará asegurado, pero en caso de que la muerte no se produzca por causas naturales, se contará con una indemnización mayor.
Es importante que antes de contratar un seguro de vida, te asegures de que dicho contrato cubra cualquier causa de muerte, de esta manera te evitarás problemas futuros con la compañía aseguradora. Entre dichas causas deben estar: deceso natural de la persona asegurada, muerte por accidente y fallecimiento como consecuencia del suicido.
Las compañías de seguro pagaran la indemnización en caso de muerte por suicidio luego de pasado uno o dos años de la contratación de la póliza.
Hay seguros de vida que cubren los casos de invalidez absoluta, además del seguro de fallecimiento; este tipo de cobertura les da un mayor interés a los seguros de vida. En este caso, la persona asegurada y el beneficiario pueden coincidir.
Este tipo de invalidez garantiza que se recibirá la indemnización por parte de la compañía aseguradora en el caso de que, por cualquier causa, incluso por un accidente, el asegurado sufra este tipo de invalidez.
De ocurrir este caso, las compañías aseguradoras pueden adelantar una parte del capital asegurado que estaba destinado al fallecimiento, o también, pagar la indemnización completa.
Es importante leer bien la póliza de tu seguro y asegurarte de que cubra la invalidez, además de conocer cuál sería el monto que tu compañía deberá pagar.
En algunos seguros de vida riesgo se observa que en sus coberturas contienen el doble del capital asegurado por un caso de invalidez por accidente, y el triple capital en caso de que la invalidez se haya producido debido a un accidente de tráfico.
Un seguro de vida puede cubrir diversas causas de invalidez, del mismo modo que cubre diversas causas de fallecimiento. Al contratar una póliza, debes asegurarte de que esta incluya la indemnización por invalidez debido a accidentes, a accidentes de tráfico y/ o intento de suicidio.
Descubre aquí los diferentes tipos de cobertura que puede tener un seguro de vida
Por lo general, los seguros de vida que cubren alguna incapacidad, sea esta permanente o temporal, pagarán la indemnización en caso de sufrir algunas de estas incapacidades, sin embargo, existen algunas cuestiones que se deben tener en cuenta:
Se refiere a la inhabilitación que sufre un trabajador para realizar su profesión. Este tipo de incapacidad se diferencia de la invalidez permanente absoluta, ya que, en este último caso, el trabajador está imposibilitado de desempeñar cualquier tipo de trabajo, mientras que en la incapacidad permanente total puede dedicarse a otra actividad.
En este caso, el trabajador está imposibilitado de realizar su actividad durante un determinado tiempo, debido a una enfermedad u otra causa.
Cuando el asegurado sufre una incapacidad temporal, la compañía aseguradora puede retribuirle cada día que esté de baja con una indemnización. Por eso es importante tener en cuenta todas estas cuestiones al leer la póliza del seguro de vida que vas a contratar, de este modo podrás saber que tipo de indemnización te corresponde en el momento en el que algo te impida trabajar, ya sea de forma parcial, temporal o permanente.
Además de lo que ya hemos visto acerca de qué cubre un seguro de vida, encontramos otros servicios que una póliza puede incluir. Estos son algunos de los más interesantes:
Esta es una de las coberturas más importantes, ya que tu compañía aseguradora te asesorará en caso de que quieras hacer tu testamento, o si hay que encargarse de las gestiones pertinentes al fallecimiento del asegurado. Este servicio está incluido en la mayoría de las compañías.
En algunas aseguradoras es posible ofrecer un anticipo del capital en caso de fallecimiento para poder hacerse cargo de los gastos del sepelio, por ejemplo. Sin embargo, cada compañía establece la cantidad máxima que está dispuesta a adelantar.
Este tipo de coberturas son características de los seguros de salud, sin embargo, algunas pólizas de vida también ofrecen estos servicios.
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